Auto Supremo AS/0741/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0741/2019-RRC

Fecha: 09-Sep-2019

Al respecto invocó el Auto Supremo 326/2012 de 12 de noviembre, que fue dictado por


El recurrente en este motivo alega que como segundo motivo de apelación restringida, acusó el defecto de sentencia previsto por el art. 370 núm. 2) del CPP; no obstante, el Auto de Vista impugnado omitió mencionar los hechos tipificados respecto a su persona, incurriendo en una fundamentación incongruente, al señalar por una parte que el Juez de Sentencia analizó las pruebas presentadas por la acusadora particular entre ellas el certificado médico forense y por otra parte, afirmó que su persona fue agredido dos veces el 10 de octubre; entonces, se pregunta quién realmente fue agredido.

Al respecto invocó el Auto Supremo 326/2012 de 12 de noviembre, que fue dictado por la Sala Penal Primera de este Tribunal Supremo de Justicia, en la resolución de un recurso de casación en una causa seguida por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, en el que constató que el Auto de Vista impugnado a tiempo de confirmar la Sentencia infringió el deber de fundamentación, aspecto que vulnera el debido proceso y la seguridad jurídica, situación por el que fue dejado sin efecto la Resolución impugnada sentando la siguiente doctrina legal aplicable: “Constituye uno de los elementos esenciales del `debido proceso´ la correspondiente fundamentación de las resoluciones, las mismas que deben ser motivadas, individualizando la responsabilidad penal del imputado”