Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0748/2019-RRC
Fecha: 09-Sep-2019
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Por memoriales presentados el 27 de febrero de 2019, cursantes de fs
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Por Sentencia 06/2018 de 6 de febrero (fs
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I.1.1. Motivos de los recursos de casación
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De los recursos de casación y del Auto Supremo 305/2019-RA de 08 de mayo, se
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El recurrente denuncia la nulidad del proceso por defecto absoluto por vulneración del derecho constitucional
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I.1.2. Petitorio
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante el Auto Supremo 305/2019-RA de 08 de mayo, se admitió dicho recurso de casación
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II.1.De la Sentencia
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II.2.Apelación Restringida
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Mediante recurso de apelación restringida, los recurrentes denunciaron: i) el defecto de Sentencia previsto en
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En cuanto alegó el recurrente, invocando defectuosa valoración de las declaraciones testificales de Sergio Medina
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Finalmente,alegó que la Sentencia estuvo construida en base a contradicciones (transcribe parte de las declaraciones
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III.1. La fundamentación de las resoluciones como elemento constitutivo del debido proceso
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Es necesario e importante referirse a que la fundamentación de las resoluciones emitidas por las
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III.2. Sobre la incongruencia omisiva
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El art
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En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o ex silentico)
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Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
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La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
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Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene más
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Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
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III.3. Análisis del caso concreto del recurso de casación de Hossan Mahmoud
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III
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Habiendo ya identificado la problemática del presente motivo y teniendo la base de conocimientos legales,
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En el presente caso, el recurrente además de transcribir inextenso líneas jurisprudenciales relativas a las
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Por lo expuesto, la denuncia de concurrencia de incongruencia omisiva en el Auto de Vista
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En relación a aquello, el Tribunal de alzada estableció que el Tribunal de Sentencia, no
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De la simple lectura de lo anterior, se puede colegir con meridiana claridad que el
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A lo que el Tribunal de alzada determinó que el recurrente, alegó que la Sentencia
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber cúmplase
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Fdo
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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