En ese sentido y teniendo en cuenta la función y el límite legal de la
En ese contexto se realizará el análisis del Auto de Vista recurrido, al efecto de principio en lo formal esta Sala considera que la resolución impugnada tiene orden y en apariencia hubiera dado respuesta a los agravios formulados por la parte recurrente; sin embargo, debe considerarse que el art. 398 del CPP tiene un mandato claro indisolublemente vinculado con el art. 124 de la misma norma procesal penal, en ese sentido el tribunal de apelación debe dar una respuesta motivada en derecho respecto de cada uno de los agravio o reclamos formulados por el recurrente, constituyendo dicha regla una prohibición de que un tribunal de apelación se pronuncie más allá de la pedido (ultra petita) o de una respuesta meramente formal; la resolución debe tener tal calidad que quien realizó el reclamo o formuló el agravio sepa y entienda porqué el tribunal asumió tal o cual determinación.
En ese sentido y teniendo en cuenta la función y el límite legal de la resolución del tribunal de apelación que es el control de logicidad, a través del cual los tribunales de apelación marcarán la pauta y ejercerán el control en las manifestaciones que sobre la Ley se produzca en juzgados y tribunales cuyas resoluciones revisa y controlaran la intensidad de aplicación de los derechos y garantías constitucionales aplicadas en materia penal, en ese sentido su labor, no se restringe a la simple verificación del cumplimiento de requisitos de validez ni mucho menos a afirmar sin mayor fundamento que la resolución cumple con las exigencias de una debida motivación sin mayor explicación realizando afirmaciones tales como: “la sentencia ha realizado una valoración integral de la prueba”, “la valoración de la prueba ha observado las reglas de la sana critica” etc., afirmaciones sin ningún sustento o contenido porque no explican cómo y porque llegan a esa conclusión, la resolución del tribunal de alzada debe reportar de manera fundamentada que el trabajo de juzgados y tribunales ha observado las normas legales y porque representa o no la más correcta de las decisiones
- Por memoriales presentados el 8 y 10 de enero de 2019, Felipe Luján (fs
- I.1. Antecedentes
- Ante la solicitud de complementación y enmienda formulada por el imputado Abel Gonzales Terceros, mediante
- En conocimiento del mencionado recurso, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia emitió el
- El Tribunal de Sentencia N° 3, de la Capital del departamento de Cochabamba, el 31
- En cuanto al hecho objeto del proceso: Según la acusación presentada por el Ministerio Público,
- En cuanto a los hechos probados, conforme a la valoración de la prueba se arribaron
- Por memorial saliente de fs
- El Tribunal de sentencia no consideró que durante la tramitación del juicio se aportó prueba
- Respecto a la subsunción de su conducta al tipo penal estelionato, ni el Ministerio Público
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, resolviendo el citado recurso,
- No existe agravio alguno al no haberse condenado en costas pese a la absolución por
- Respecto a la imposición de la pena consideran que la pena impuesta por el delito
- La parte recurrente denuncia vulneración a sus derechos y garantías constitucionales relacionados al debido proceso,
- III.1. Debida fundamentación y motivación
- La extinta Corte Suprema de Justicia como este Tribunal, en concordancia con la jurisprudencia constitucional,
- “I
- En efecto, la norma citada establece que: ‘Las sentencias y autos interlocutorios serán fundamentados, expresarán los
- II
- El juicio sobre la congruencia de la resolución judicial precisa de la confrontación entre su
- A este fin, el art
- “…que las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada
- “La garantía del debido proceso, consagrada en el parágrafo II del artículo 115 y parágrafo
- En alzada, conforme ha establecido la amplia doctrina emanada por el Máximo Tribunal de Justicia,
- La doctrina legal precedente, así como la normativa legal citada en el apartado anterior, obliga
- III
- En el régimen procesal penal vigente, la valoración de la prueba está regida por el
- “Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- En casación el recurrente arguyendo la vulneración de su derecho al debido proceso en sus
- De inicio debe aclararse que el proceso acusatorio, presidido por la oralidad que está establecido
- En ese sentido y teniendo en cuenta la función y el límite legal de la
- En el caso en análisis, el Auto de Vista en cuestión hace referencia a
- El tribunal de apelación debió dar respuesta a esos reclamos contenidos en sus denuncias relativas
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
