Por memorial presentado el 7 de enero de 219, Olegario Yave Cardozo, interpuso recurso de
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 849/2019-RRC
Sucre, 17 de septiembre de 2019
Expediente: Santa Cruz 31/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y Eleudoro Mamani Quispe
Parte Imputada: Olegario Yave Cardozo
Delito : Avasallamiento
Magistrado relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de enero de 219, Olegario Yave Cardozo, interpuso recurso de casación fs. 291 a 302 contra el Auto de Vista 68 de 7 de noviembre de 2018, fs. 279 a 287 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico a denuncia de Eleudoro Mamani Quispe contra el recurrente por la presunta comisión del delito de Avasallamiento en grado de Complicidad, previsto en el art. 351 bis en relación al art. 23 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 849/2019-RRC
Sucre, 17 de septiembre de 2019
Expediente: Santa Cruz 31/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y Eleudoro Mamani Quispe
Parte Imputada: Olegario Yave Cardozo
Delito : Avasallamiento
Magistrado relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 7 de enero de 219, Olegario Yave Cardozo, interpuso recurso de casación fs. 291 a 302 contra el Auto de Vista 68 de 7 de noviembre de 2018, fs. 279 a 287 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico a denuncia de Eleudoro Mamani Quispe contra el recurrente por la presunta comisión del delito de Avasallamiento en grado de Complicidad, previsto en el art. 351 bis en relación al art. 23 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 7 de enero de 219, Olegario Yave Cardozo, interpuso recurso de
- Por Sentencia 16 de 16 de marzo de 2018, fs
- Contra el mencionado fallo, el imputado Olegario Yave Cardozo promovió recurso de apelación restringida (fs
- Solicita a este Tribunal de Casación declare admisible su recurso, y, deje sin efecto el
- El Tribunal determinó como hecho probado que el imputado “tenía pleno conocimiento que los lotes
- En relación al bien jurídicamente protegido, estimó que el derecho propietario había sido acreditado pues,
- Consideró que el grado de participación criminal del imputado era cuantificable ante la cooperación prestada
- “…de la lectura de la sentencia se puede constatar que…fue dictada en base a las
- El recurrente plantea la contradicción entre el Auto de Vista 68 de 7 de noviembre
- Con ese antecedente -asegura- la errónea aplicación de la Ley sustantiva, (art
- El Auto Supremo 451/2007 de 13 de septiembre, fue pronunciado con motivo al recurso de
- La Sala Penal Primera de la extinta Corte Suprema de Justicia, en el análisis del
- Ese Tribunal consideró que, “de acuerdo a lo establecido por el art
- En la resolución del caso concreto el Auto Supremo 451 de 13 de septiembre de
- De acuerdo a la doctrina penal, la complicidad en relación a la comisión del cualquier
- En postura del recurrente, el error vital en el que se funda su condena fue
- III
- A modo de contexto general, a diferencia de otras legislaciones como la argentina, peruana o
- En la línea del art
- En definitiva, por el art
- En ese orden de ideas, lo concluido alrededor de la complicidad castigada en la Sentencia
- Por todo lo expuesto, la Sala Penal concluye que la contradicción pretendida no es evidente,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
