Auto Supremo AS/0911/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0911/2019

Fecha: 16-Sep-2019

En ese sentido el Ad quem cumplió con lo establecido en el art

En ese sentido el Ad quem cumplió con lo establecido en el art. 145.I del Código Procesal Civil, en tanto que quien incumplió hacer efectivos sus derechos fue la propia recurrente que debió ejercer una actividad procesal efectiva en los tiempos establecidos y brindados procesalmente a su favor, al no haberlo hecho, debe hacerse pasible y cargar su propia dejadez, resultando deshonesto de su parte culpar al Órgano Judicial por ello