Auto Supremo AS/0913/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0913/2019

Fecha: 16-Sep-2019

De la respuesta al recurso de casación

Concluyendo que, dadas las características de la construcción del inmueble objeto de la litis que tiene 3 niveles, mismo que no cumple con el reglamento actual del Gobierno Autónomo Municipal de la ciudad de Sucre que para la división de propiedades horizontales instituye mínimamente cinco niveles o más, también entre otros que la propiedad del terreno sea común para los propietarios y otros parámetros técnicos en su edificación, este Tribunal se ve en la necesidad de CASAR en parte en cuanto a la pretensión incoada declarándola IMPROBADA, intimando a la parte actora a cumplir lo expresado en el art. 568.I del Código Civil, referido a que la parte que cumplió el contrato puede alternativamente solicitar el cumplimiento y en su caso la resolución del contrato con el consiguiente resarcimiento del daño, pudiendo además solicitar no solamente la devolución del monto pagado sino la plusvalía y el valor de las inversiones realizadas activando necesariamente otro proceso.
De la respuesta al recurso de casación