Auto Supremo AS/0913/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0913/2019

Fecha: 16-Sep-2019

En nuestro país existe el Reglamento Boliviano de Construcciones que tiene como objetivo fundamental: “normar

No obstante, cabe observar que las normas dictadas sobre la materia son insuficientes para lograr que la distribución sedentaria de las comunidades humanas en el espacio, contribuyan al desarrollo integral de la persona. Es necesario que, en la creación y reordenamiento de las grandes ciudades, para el correcto emplazamiento de importantes contingentes de población, sean observadas las reglas fundamentales del urbanismo”.
En nuestro país existe el Reglamento Boliviano de Construcciones que tiene como objetivo fundamental: “normar todo principio, método, sistema de valoración, forma de apreciación y requisitos mínimos para la construcción o mejoramiento de edificaciones públicas o privadas, estableciendo responsabilidades y obligaciones de todas las entidades participantes en el proceso. Este Reglamento es de interés social y de cumplimiento obligatorio en todo el territorio Nacional. Los Gobiernos Departamentales y Municipales en toda la República, en el ámbito de su competencia, serán los encargados de su implementación y observancia de las disposiciones técnicas, legales y otras reglamentarias aplicables en materia de construcción, instalación, modificación, ampliación, reparación y demolición, así como el uso de las edificaciones en los predios del territorio nacional. Se permitirá a los Gobiernos Departamentales y Municipales la elaboración de normativas complementarias, tomando en cuenta la disponibilidad de materiales de construcción, las características geográficas, ambientales, climáticas, culturales y costumbres de la zona y/o región”