Así tenemos que el Ad quem ha sido categórico al concluir que no resulta necesario
Bajo este contexto doctrinal, y analizado que fue el Auto de Vista de 01 de abril de 2019, se puede colegir que el Tribunal de alzada, con una argumentación clara y concreta, en los num. 2) y 3) de la parte considerativa “Fundamentos de la resolución”, se analizó y consideró todos los extremos mencionados en el reclamo de referencia.
Así tenemos que el Ad quem ha sido categórico al concluir que no resulta necesario que el actor demuestre la simulación que fue argumentada en la demanda, ello debido a que la causa de su pretensión se funda en la falsedad de la minuta de 08 de junio de 2012 y los actos fraudulentos en lo que habría incurrido la demandada para la protocolización y registro de dicho contrato en la oficina de Derechos Reales, de manera que la nulidad impetrada no se basa en la simulación del contrato en cuestión, sino en la adulteración material de la misma y en el hecho de que el demandante no fue quien concurrió ante la Notaria de Fe Pública a fin de protocolizar dicha minuta a través de la Escritura Pública Nº 445/2015, extremos que al haber sido demostrados permitieron otorgar tutela de la acción impetrada
Así tenemos que el Ad quem ha sido categórico al concluir que no resulta necesario que el actor demuestre la simulación que fue argumentada en la demanda, ello debido a que la causa de su pretensión se funda en la falsedad de la minuta de 08 de junio de 2012 y los actos fraudulentos en lo que habría incurrido la demandada para la protocolización y registro de dicho contrato en la oficina de Derechos Reales, de manera que la nulidad impetrada no se basa en la simulación del contrato en cuestión, sino en la adulteración material de la misma y en el hecho de que el demandante no fue quien concurrió ante la Notaria de Fe Pública a fin de protocolizar dicha minuta a través de la Escritura Pública Nº 445/2015, extremos que al haber sido demostrados permitieron otorgar tutela de la acción impetrada
- Proceso: Nulidad de escritura pública y otros
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 3
- 4
- Respuesta al recurso de casación
- 1
- CONSIDERANDO III
- En ese entendido, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
- III.2. De los requisitos y características de un recurso de casación
- Respecto al planteamiento del recurso de casación se tiene entre otros, el razonamiento expuesto en
- CONSIDERANDO IV
- Así tenemos que el Ad quem ha sido categórico al concluir que no resulta necesario
- De manera que esta exigencia tiene estrecha relación con la identificación del error en el
- De ahí que en el presente caso, los argumentos expuestos en los referidos puntos, carecen
- Por otra parte, en el punto 3) del recurso de casación, la recurrente manifesta que
- Al respecto se tiene que la recurrente no tomó en cuenta que los peritajes practicados
- Sobre esta cuestión, cabe tener presente que de acuerdo a lo establecido por el art
- Se regula honorarios profesionales para el abogado que responde al recurso de casación en la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
