De ahí que en el presente caso, los argumentos expuestos en los referidos puntos, carecen
De ahí que en el presente caso, los argumentos expuestos en los referidos puntos, carecen de asidero para su consideración, ya que en los puntos 2) y 5), la recurrente de manera subjetiva viene a señalar una serie de argumentos imprecisos y carentes de sustento legal que en definitiva no condicen con las exigencias del recurso de casación ni cumplen con los presupuestos que exige una adecuada técnica recursiva, pues en principio señala que de haber existido desproporcionalidad en cuanto al precio signado en la minuta de 08 de junio de 2012, el accionante tenía la vía judicial para interponer la nulidad o rescisión de la venta por lesión, sin precisar qué relación tiene este argumento con lo fundamentado en el Auto de Vista o de qué manera el hecho de que el actor tenga la vía libre para impetrar dicha acción vulnera alguno de los derechos de la parte recurrente. Lo mismo acontece con el argumento referente a la mala aplicación del art. 56 del CPE, que no tiene relación con el objeto de la presente causa, mucho menos para referir que la minuta se encuentra afectada por los fallos de instancia, pues debe tomar en cuenta la recurrente que las resoluciones objetadas no responden a criterios antojadizos y/o subjetivos de las autoridades de grado, sino que estas son producto de un análisis pormenorizado de los elementos probatorios producidos en esta causa, los cuales sin duda han generado la convicción necesaria para la otorgación de la tutela impetrada por el actor
- Proceso: Nulidad de escritura pública y otros
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 3
- 4
- Respuesta al recurso de casación
- 1
- CONSIDERANDO III
- En ese entendido, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
- III.2. De los requisitos y características de un recurso de casación
- Respecto al planteamiento del recurso de casación se tiene entre otros, el razonamiento expuesto en
- CONSIDERANDO IV
- Así tenemos que el Ad quem ha sido categórico al concluir que no resulta necesario
- De manera que esta exigencia tiene estrecha relación con la identificación del error en el
- De ahí que en el presente caso, los argumentos expuestos en los referidos puntos, carecen
- Por otra parte, en el punto 3) del recurso de casación, la recurrente manifesta que
- Al respecto se tiene que la recurrente no tomó en cuenta que los peritajes practicados
- Sobre esta cuestión, cabe tener presente que de acuerdo a lo establecido por el art
- Se regula honorarios profesionales para el abogado que responde al recurso de casación en la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
