Auto Supremo AS/0959/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0959/2019

Fecha: 24-Sep-2019

CONSIDERANDO IV

No existe contestación al recurso.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA LEGAL APLICABLE
III.1. De la comunidad ganancial.
El Auto Supremo N° 735/2019 de 31 de julio, respecto a la comunidad ganancial manifestó: “La comunidad de gananciales normada en el art. 176 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, establece que: ‘Los cónyuges desde el momento de su unión constituyen una comunidad de gananciales. Esta comunidad se constituye aunque uno de ellos no tenga bienes o los tenga más que el a o el otro’, principio que debe regir para determinar que un bien pueda ser considerado ganancial o propio. En la misma lógica, el art. 190.I de la norma citada establece que: ‘Los bienes se presumen comunes, salvo que se pruebe que son propios de la o el cónyuge’”.
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
1. En relación a que el Auto de Vista, al no revocar parcialmente la Sentencia N° 015/2019, vulneró el principio de congruencia originando que sea incongruente, ultra petita, como también extra petita, pues el apelante a momento de presentar su recurso de apelación no identificó en ningún agravio una solicitud de reconocimiento de carga patrimonial que resulte ser ganancial