Auto Supremo AS/0959/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0959/2019

Fecha: 24-Sep-2019

En lo pertinente a los avalúos el demandado debió haber impugnado el informe pericial que,

Con relación a que no se valoró la prueba testifical, se tiene que el juez valoró las testificales de descargo, de donde se extrae que todos refieren que la construcción realizada es nueva y que los hijos del demandado evidentemente mandaban dinero; sin embargo, ninguno de los testigos ofrecidos pudo determinar que los dineros depositados por los hijos del demandado fueron para la construcción realizada.
En lo pertinente al crédito adquirido del Banco Sol de Bs. 70.000, si bien resulta evidente que el demandado es el único que firma el contrato de préstamo, por los memoriales de fs. 159 y 228 se evidencia que la demandante tenía conocimiento de la deuda adquirida por su entonces cónyuge, correspondiendo que la misma sea cancelada por ambos cónyuges, resultando que lo manifestado por la demandante sea considerado como confesión espontánea.
En lo pertinente a los avalúos el demandado debió haber impugnado el informe pericial que, desde su punto de vista, no era correcto y no se observó en el momento procesal oportuno