A su turno el art
Respecto a la nulidad de la sentencia y otras actuaciones procesales en el Auto Supremo N° 493/2019 de 17 de mayo, se escribió: ¨de acuerdo al art. 265.I del Código Procesal Civil, el auto de vista debe circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que fueron objeto de apelación y fundamentación.¨
Según el art. 108.I del adjetivo civil, los Vocales apreciarán si se planteó alguna forma de nulidad insubsanable de la sentencia o nulidad expresa de actos de primera instancia.
A su turno el art. 106.II del citado Código, prescribe que la nulidad podrá ser declarada cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para la obtención de sus fines y haber sufrido indefensión
Según el art. 108.I del adjetivo civil, los Vocales apreciarán si se planteó alguna forma de nulidad insubsanable de la sentencia o nulidad expresa de actos de primera instancia.
A su turno el art. 106.II del citado Código, prescribe que la nulidad podrá ser declarada cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para la obtención de sus fines y haber sufrido indefensión
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- La parte demandante en su escrito de casación apuntó las objeciones siguientes
- 2
- CONSIDERANDO III
- A su turno el art
- Finalmente, el art
- La nulidad de la sentencia solo puede decretarse cuando ella carece de fundamentación y motivación;
- III.2. Aforismo iura novit curia
- El Auto Supremo Nº 735 de 9 de diciembre de 2014, ha modulado así: “…no
- De inicio es apropiado analizar la normativa relacionada a la nulidad de la sentencia y
- Siendo evidentes los reclamos concentrados en el agravio que precede, corresponde brindar la tutela impetrada
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
