CONSIDERANDO II
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Valentina Ticala de Condori mediante memorial de fs. 759 a 762 vta.; la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca emitió el Auto de Vista N° SCCI - 172/2019 de 29 de mayo, cursante de fs. 807 a 809 vta., CONFIRMANDO totalmente la Sentencia, con el fundamento principal de que la forma de probar la falsedad de las firmas del documento de pago es a partir de la prueba pericial, pero al no existir dicho documento no puede practicarse dicha pericia; consecuentemente, el Juez de la causa al haber declarado improbada la demanda por ausencia de prueba obró correctamente.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y CONTESTACIÓN.
II.1. Del recurso de casación en la forma
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y CONTESTACIÓN.
II.1. Del recurso de casación en la forma
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- II.2. Del recurso de casación en el fondo
- 1
- II.3. De la contestación
- El demandado respondió al recurso de casación expresando que no se evidencia la existencia real
- CONSIDERANDO IV
- Precisamente para casos especiales como el presente, en que el recibo de pago fue acusado
- En ese orden el curso del proceso la parte demandante en el marco de la
- ¨Si, quiero mencionar que dicha devolución del dinero que le prestamos al señor Josué, debía
- Consiguientemente, está acreditado que el demandado Josué Kir Castro Solórzano, no efectivizo el pago de
- Sin responsabilidad por ser error excusable
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
