Auto Supremo AS/0987/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0987/2019

Fecha: 25-Sep-2019

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3. Impugnaron la errónea apreciación de las pruebas, porque se otorgó mayor credibilidad a las minutas correspondientes a las Escrituras Públicas Nº 51/91 y 13/94, emergentes de actos jurídicos privados y no se valoró los documentos personales de carácter público presentados, como ser el RUN, la Tarjeta Prontuario y la Cédula de Identidad, que demuestran atributos de su personalidad y confirmarían que el padre de los demandantes no sabía firmar, leer ni escribir, así dicha prueba documental contiene la fe probatoria asignada por el art. 1296 del Código Civil, por lo que debió otorgar su consentimiento a través de sus huellas digitales