Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 61/2018 de 02
Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 61/2018 de 02 de julio, cursante de fs. 2017 vta. a 2025, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Nº 7 del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró IMPROBADA la demanda e IMPROBADA la demanda reconvencional
- Misericordia c/ Remigio Lizarazu Lamas, Leonarda Quispe de Lizarazu, Alejandra Tatiana Meneces Colque y Patricia
- Proceso: Nulidad
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 61/2018 de 02
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- En cuanto la apelación planteada por Eliana Colque Terrazas en representación de Alejandra Tatiana Meneses
- Con relación a que la sentencia denegó su pretensión accesoria de daños y perjuicios el
- Por otro lado, bajo el principio de verdad material y el principio de la comunidad
- En lo pertinente a la errónea valoración de la prueba acusada en apelación si bien
- En relación con las declaraciones de los testigos Cristina Montaño Orellana, indicó: “…solo puso sus
- De las denuncias expuestas por Juan Flores Tarqui, Paulina Flores Tarqui e Isidora Flores Tarqui,
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- Petitorio
- Solicitaron casar el Auto de Vista y declarar probadas las pretensiones contenidas en la demanda
- De las respuestas al recurso de casación
- Patricia Shirley Muriel García contestó al recurso de casación en forma negativa, y en previsión
- En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
- III.1. Sobre el principio de comunidad de la prueba
- Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
- III.2. De la verdad material
- Sobre el aludido principio este Tribunal Supremo de Justicia orientó en sus diversos fallos como
- En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
- CONSIDERANDO IV
- Ahora bien, lo que corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia es verificar si los
- De todo lo descrito supra, queda meridianamente demostrado que Mario Flores Choque en muchos de
- A mayor abundamiento cabe señalar que los mismos demandantes, Isidora Flores Tarqui de Misericordia y
- Este argumento resulta ser impertinente, toda vez que de los antecedentes fácticos que hacen al
- Por otro lado, la nulidad pretendida en el presente proceso tiene como presupuesto, entre otros,
- Consiguientemente, y siendo que la demanda versa sobre la ilicitud de la causa y por
- Corresponde señalar que los Tribunales de instancia valoraron todo el elenco probatorio basados en el
- No observando este Tribunal Supremo errónea apreciación de la prueba por los Tribunales de instancia,
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto
- Se regula honorarios de los abogados que contestaron el recurso de casación en la suma
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
