Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0987/2019
Fecha: 25-Sep-2019
Proceso: Nulidad
Proceso: Nulidad
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Misericordia c/ Remigio Lizarazu Lamas, Leonarda Quispe de Lizarazu, Alejandra Tatiana Meneces Colque y Patricia
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Proceso: Nulidad
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VISTOS: El recurso de casación de fs
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Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 61/2018 de 02
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En cuanto la apelación planteada por Eliana Colque Terrazas en representación de Alejandra Tatiana Meneses
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Con relación a que la sentencia denegó su pretensión accesoria de daños y perjuicios el
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Por otro lado, bajo el principio de verdad material y el principio de la comunidad
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En lo pertinente a la errónea valoración de la prueba acusada en apelación si bien
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En relación con las declaraciones de los testigos Cristina Montaño Orellana, indicó: “…solo puso sus
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De las denuncias expuestas por Juan Flores Tarqui, Paulina Flores Tarqui e Isidora Flores Tarqui,
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Petitorio
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Solicitaron casar el Auto de Vista y declarar probadas las pretensiones contenidas en la demanda
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De las respuestas al recurso de casación
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Patricia Shirley Muriel García contestó al recurso de casación en forma negativa, y en previsión
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En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
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III.1. Sobre el principio de comunidad de la prueba
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Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
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III.2. De la verdad material
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Sobre el aludido principio este Tribunal Supremo de Justicia orientó en sus diversos fallos como
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En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
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CONSIDERANDO IV
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Ahora bien, lo que corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia es verificar si los
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De todo lo descrito supra, queda meridianamente demostrado que Mario Flores Choque en muchos de
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A mayor abundamiento cabe señalar que los mismos demandantes, Isidora Flores Tarqui de Misericordia y
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Este argumento resulta ser impertinente, toda vez que de los antecedentes fácticos que hacen al
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Por otro lado, la nulidad pretendida en el presente proceso tiene como presupuesto, entre otros,
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Consiguientemente, y siendo que la demanda versa sobre la ilicitud de la causa y por
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Corresponde señalar que los Tribunales de instancia valoraron todo el elenco probatorio basados en el
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No observando este Tribunal Supremo errónea apreciación de la prueba por los Tribunales de instancia,
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Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto
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Se regula honorarios de los abogados que contestaron el recurso de casación en la suma
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
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