Auto Supremo AS/0993/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0993/2019

Fecha: 26-Sep-2019

La tutela judicial efectiva a la que nos remitimos debe ser observada por todas las

La tutela judicial efectiva a la que nos remitimos debe ser observada por todas las instancias judiciales al momento de dar cumplimiento a la norma jurídica, sin olvidar que el proceso judicial tiene como fin el respeto y garantía de los derechos e intereses legítimos de las partes. Revisado el proceso este Tribunal advierte, que el juez A quo aplicó de manera incorrecta el art. 365.III del Código Procesal Civil, al dictar sentencia bajo el fundamento de inasistencia de la parte demandada, teniendo erróneamente por veraces los hechos alegados por el actor, sin considerar que el artículo en cuestión si bien posibilita al juez emitir un fallo, también determina que no puede hacerlo, cuando la otra parte hubiere probado lo contrario y cuando no se trate del caso previsto por el art. 127.III del Código Procesal Civil