Auto Supremo AS/0998/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0998/2019

Fecha: 26-Sep-2019

Ahora bien, los contratos del Estado, están regidos predominantemente por el derecho público y con

Ahora bien, los contratos del Estado, están regidos predominantemente por el derecho público y con un régimen jurídico único, pues como bien lo dice el autor Roberto Dromi, estrictamente hablando no hay contratos civiles de la Administración pública, en principio todos son de derecho público, sometidos a reglas especiales, pero los hay también regidos en parte por el derecho privado, lo que hace que estén más próximos al Derecho Civil y más lejanos del Derecho Administrativo, como los contratos, entre otros, de cesión, permuta, donación, compraventa, mandato; y por el contrario, hay contratos que están más cerca del Derecho Administrativo como los contratos de empleo o función pública, concesión de servicios públicos, concesión de obras públicas, obra pública y suministro. Consiguientemente, no existen actos privados de la administración, empero en determinados casos, se aplica el derecho privado por el objeto del acto que realiza, lo que no significa que ese acto sea privado