Auto Supremo AS/0999/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0999/2019

Fecha: 26-Sep-2019

Antes de ingresar es menester reiterar los acápites III

Antes de ingresar es menester reiterar los acápites III.1 y III.2 de la doctrina aplicable al caso, donde claramente se estableció que la valoración probatoria es una actividad intelectiva realizada de todo el universo probatorio en aplicación del principio de unidad y comunidad probatoria, contrastando todos los elementos probatorios para determinar cuáles resultan trascendentales y esenciales, es así que la determinación asumida por los de instancia no puede ser modificada en base a simples alegaciones sin sustento objetivo, para llegar a la verdad material de la prueba se desarrollará en cada punto y se concluirá con las pruebas más transcendentales para la emisión del fallo, asimismo, referente a la presente controversia se debe tomar en cuenta lo expuesto en el acápite III.3 sobre el mejor derecho se deben cumplir con ciertos requisitos o exigencias, por lo tanto, previamente a analizar quien goza de preferencia sobre el derecho propietario de un determinado bien inmueble, se debe tener plena certeza de que las partes en contienda tengan registrado su derecho propietario en Derechos Reales y que exista identidad o singularidad del bien demandado