Auto Supremo AS/1000/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1000/2019

Fecha: 26-Sep-2019

Ahora bien, en el caso de que se acredite que existe posesión, en sus dos

Ahora bien, en el caso de que se acredite que existe posesión, en sus dos elementos, ésta debe ser continuada durante diez años, implicando que la misma durante ese tiempo se ejerza ininterrumpidamente, de forma pacífica porque debe ser ejercida sin perturbaciones, ni alteraciones que signifiquen reclamos por parte del propietario o por un tercero, y de manera pública, porque se ha efectuado según la naturaleza del bien sin ocultar quien tiene derecho sobre él. Reunidos esos caracteres o propiamente requisitos, entonces se cumplió con lo establecido en el art. 87 del Código Civil