Auto Supremo AS/1001/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1001/2019

Fecha: 26-Sep-2019

Se tiene que los reclamos de los recurrentes contenidos en el considerando II son de

Se tiene que los reclamos de los recurrentes contenidos en el considerando II son de exposición coincidente, en atención al principio de concentración procesal que en materia argumentativa permite en un solo fundamento absolver todos los agravios, evitando un dispendio de argumentación jurídica reiterativa se desprende, que la impugnación deducida observa que el Auto de Vista con base en el documento a fs. 470 proporcionado por el SERECI, anuló obrados por considerar que Bertha, Francisco y Teodosia Condori Mamani no fueron incorporados al proceso, estos nombres que son proporcionados por el SERECI –según los recurrentes- devienen de la información biométrica desactualizada, que contiene datos falsos. Observan que Bertha, Francisco y Teodosia Condori Mamani no existen y que es un error de identidad generado en la administración del SERECI, insisten, que las partes en ningún momento del proceso señalaron la existencia de las tres personas aludidas