Auto Supremo AS/1003/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1003/2019

Fecha: 26-Sep-2019

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VISTOS: El recurso de casación de fs. 234 a 242, interpuesto por Macario Pantoja Uyuni y Mario Pantoja Serrano, representados por Julieta Nancy Cruz de Pantoja contra el Auto de Vista Nº 113/2019 de 30 de mayo cursante de fs. 228 a 231, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso ordinario nulidad por ilicitud de la causa, objeto y error en el precio, seguido por René Serrano Serrano contra Macario Pantoja Uyuni y Mario Pantoja Serrano, la respuesta de fs. 247 a 255, el Auto de concesión de 08 de julio de 2019 cursante a fs. 254, el Auto Supremo de Admisión Nº 666/2019-RA de 11 de julio de fs. 260 a 261 vta., los antecedentes procesales, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Planteada la acción de nulidad por ilicitud de la causa, objeto y error en el precio de fs. 11 a 13 vta. y subsanada a fs. 21 y 28 vta., interpuesta por René Serrano Serrano contra Macario Pantoja Uyuni y Mario Pantoja Serrano, quienes una vez citados, opusieron excepciones previas de falta de legitimación, demanda defectuosamente propuesta, emplazamiento de terceros y contestaron en forma negativa a la demanda; por su parte, al haberse declarado probada la excepción de emplazamiento de terceros, se dispuso la citación por edictos a los herederos de Manuel Serrano Martínez y posteriormente el defensor de oficio de estos quien contestó a la demanda a 151 y vta., tramitado el proceso, el Juez Público Civil y Comercial Nº 5 de la ciudad de Sucre, emitió la Sentencia Nº 175/2018 de 07 de noviembre, cursante de fs. 178 a 181 vta. y complementada a fs. 182 donde declaró PROBADA la demanda de nulidad de fs. 11 a 13 vta. y subsanada a fs. 19, 21 y 28 vta., por lo tanto, dispuso la nulidad del Testimonio N° 58 de 12 de abril de 1988, dejando sin efecto ni valor legal el referido documento. Con costas y costos a la parte demandada