Auto Supremo AS/1003/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1003/2019

Fecha: 26-Sep-2019

El Auto Supremo Auto Supremo Nº 355/2018 de 07 de mayo, reafirmó el Auto Supremo

El Auto Supremo Auto Supremo Nº 355/2018 de 07 de mayo, reafirmó el Auto Supremo N° 664/2014 de 06 de noviembre, indicando al respecto que: “La fórmula del art. 551 del Código Civil, solo dispensa la calidad de accionante a quien tenga interés legítimo, y no está abierto a todas las personas estantes del Estado, pues la nulidad siendo de orden público apunta a la invalidez de un acto jurídico privado, donde no existe la afectación de un derecho difuso, siendo el punto de partida la consideración del carácter privado del acto jurídico que se pretende invalidar, pues lo contrario nos situaría en una acción de defensa de derechos colectivos o difusos”