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    Auto Supremo AS/1012/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1012/2019

    Fecha: 30-Sep-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Distrito: Chuquisaca
    • Contra la referida resolución, Freddy Marca Acebo interpuso recurso de apelación por memorial de fs
    • Sobre la errónea aplicación del art
    • Con relación a la vulneración del art
    • El recurrente denuncia que en incumplimiento del art
    • Aduce que de forma contradictoria se indica que se contempla las
    • Denuncia la vulneración de las citadas normas en razón a que no se refirió
    • 4)Infracción del art
    • DE LA RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
    • De la revisión de obrados se establece que corrido en traslado el recurso de casación,
    • En cuanto a la demanda de anulabilidad de contrato, aduce que el recurrente confiesa espontáneamente
    • CONSIDERANDO III
    • III.1. Respecto a la excepción de cosa juzgada
    • Al respecto, Rafael Martínez Sarmiento identifica tres identidades clásicas que son: Idem corpus, que es
    • De la misma forma hace Hugo Alsina, que identifica tres elementos importantes para la procedencia
    • Razonamiento reiterado en el Auto Supremo Nº 453/2014 de 21 de agosto, donde además se
    • En el caso en cuestión, contrastando la doctrina con los hechos expuestos y los antecedentes
    • CONSIDERANDO IV
    • De conformidad a la fundamentación doctrinal que antecede, a través del presente acápite corresponde considerar
    • Se debe considerar que en los casos en que se acusa incongruencia omisiva respecto
    • Bajo ese contexto, de la revisión de obrados se evidencia que el recurrente Freddy Marca
    • Dirigiendo esta acción en contra de Edith Dolores Romero Choque, es admitida por Auto de
    • 2)El Auto de Vista infringe los arts
    • Sobre este reclamo, por el cual el recurrente contradictoriamente pide la aplicación de las citadas
    • Con relación a esta denuncia, bajo el argumento de que el fallo de segunda
    • Al respecto si bien es evidente que la referida alícuota del 33
    • En cuanto a que se habría ignorado la confesión espontánea de Edith Dolores Romero
    • Razones por las que al haberse advertido que el Auto de Vista responde congruentemente a
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Con costas y costos
    • Se regula honorario profesional en la suma de Bs
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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