Auto Supremo AS/1012/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1012/2019

Fecha: 30-Sep-2019

2)El Auto de Vista infringe los arts


Aspecto, que el Tribunal de alzada, refiere que si bien dichas demandas tienen conexitud al versar sobre el mismo inmueble, sin embargo el objeto del apelante es el mismo en cuanto a la alícuota del 33.33% declarada como bien ganancial en el 50%, siendo confirmada por el Auto de Vista N° SCCII 198/2010 que se encuentra ejecutoriado, por lo que no podría ser objeto de anulación por otra demanda: “disfrazada de otra denominación, que pretende anular lo dispuesto por otro proceso anterior, en ese entendido dar curso a dicha situación contraviene el principio de seguridad jurídica, que hace a la justicia ordinaria y seria dar curso a procesos que nunca terminarían” (sic).

Consecuentemente no es evidente la afirmación del recurrente, al indicar que el Tribunal Ad Quem no se pronunció sobre los puntos apelados, referidos a la existencia de Sentencias ejecutoriadas.

2)El Auto de Vista infringe los arts. 115, 117 y 119 de la Constitución Política del Estado