Auto Supremo AS/0127/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

Entendiéndose así, el Tribunal de apelación en los razonamientos que expuso en el Auto de


Considerando la actualidad procesal y por los fundamentos del recurso de casación, la vulneración presunta al derecho a la presunción de inocencia radica en la tramitación de la apelación restringida por haber el Tribunal de alzada sustentado el fallo respecto al segundo motivo de apelación aplicando el art. 42 de la Ley N° 348 relativo a la necesidad de la declaración de la víctima en juicio oral.

Entendiéndose así, el Tribunal de apelación en los razonamientos que expuso en el Auto de Vista impugnado, a partir del CONSIDERANDO III, resolviendo cada uno de los puntos de apelación, al no identificar vulneración alguna, pese haber invocado erradamente la norma de la Ley N° 348, obró razonablemente, porque se pudo observar que el Ministerio Público en juicio propuso la testifical de la víctima pero durante el juicio oral renunció a dicha producción probatoria, sin haberse opuesto la defensa a tal prescindencia de prueba, lo que no puede ser alegado como presunción de culpabilidad y menos aún, de nulidad, como bien se dejó sentado anteriormente, no existiendo de forma alguna vulneración a la presunción de inocencia en tal sentido