Del mismo testimonio se puede evidenciar de la parte final, que por reformas efectuadas por
Del mismo testimonio se puede evidenciar de la parte final, que por reformas efectuadas por la Alcaldía Municipal de El Alto, por informe de la DOTCAU/UAU/LPA/0955/2011, refiere que el predio en cuestión se encuentra en la ciudad de El Alto, cuarta sección de la provincia Murillo de acuerdo al siguiente detalle: denominación anterior urbanización “Milluni” zona Tejada, manzana “L” Lote 284, denominación actual urbanización ciudad Satélite- Plan 129 manzana “L”, Lote 204, avenida 14 A, superficie 188.70 m2, y la actora en su cláusula tercera declaró su plena conformidad con el tenor de todas las cláusulas del mencionado documento. Unidad Municipal encargada de mejorar la calidad urbana, a través de una programación integral y coherente del uso del suelo. Apoyar el desarrollo de las actividades productivas, en aquellas destinadas a incrementar el ingreso y combatir el desempleo, para mejorar la calidad de vida. Fortalecer la capacidad municipal para la administración y gestión urbana a través de mecanismos normativos que limiten el crecimiento desordenado y caótico de la estructura urbana. Seleccionar opciones estratégicas basadas en la dinámica de ocupación del territorio y la distribución espacial de la población
- Partes: Martha Mamancusi Vda. de Cauna c/ Mariano Huanca Ulo y sus herederos
- Proceso: Mejor derecho propietario, acción reivindicatoria de inmueble, desocupación y lanzamiento más pago de daños y
- CONSIDERANDO I
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- CONSIDERANDO II
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- III.1. Respecto al mejor derecho propietario
- La línea jurisprudencial asumida por este Tribunal, con relación a la problemática en análisis mediante
- La línea jurisprudencial asumida por este Tribunal, orientó en el Auto Supremo Nº 588/2014 de
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- Con relación a la valoración de la prueba, el Auto Supremo Nº 508/2019 de 23
- CONSIDERANDO IV
- Amerita tener presente algunas cuestiones referentes a la naturaleza y los presupuestos de esta acción,
- En consecuencia, analizados los antecedentes del proceso y la Escritura Pública N° 1784 de 4
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- Entonces, en el caso de autos se aplicó erróneamente el art
- Ahora bien, los presupuestos establecidos para la procedencia de esta acción exigen esencialmente una actividad
- En el caso concreto, y de la carga probatoria incluida, puede establecerse que al existir
- Por lo manifestado, corresponde dictar resolución conforme determina el art
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina
