CONSIDERANDO I
Partes: Maura Silva Ortega c/Willy Carlos Enríquez Mariscal.
Proceso: Comprobación, división y partición de bienes gananciales.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs. 260 a 263 vta., y de fs. 267 a 270 vta., interpuestos por Maura Silva Ortega y Willy Carlos Enríquez Mariscal, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 053/2020 de 17 de febrero, cursante de fs. 252 a 257 vta., pronunciado por la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario sobre comprobación, división y partición de bienes gananciales seguido por Maura Silva Ortega contra Willy Carlos Enríquez Mariscal; la contestación a fs. 283 y vta., el Auto de concesión de 22 de septiembre de 2020, cursante a fs. 287; el Auto Supremo de Admisión N° 396/2020-RA, y todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Maura Silva Ortega mediante memorial cursante de fs. 43 a 46, subsanada a fs. 51, demandó en proceso ordinario la comprobación, división y partición de bienes gananciales; acción dirigida contra Willy Carlos Enríquez Mariscal, quien una vez citado, por escrito de fs. 114 a 120 vta., contestó negativamente y planteó demanda reconvencional; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia N° 201/2019 de 3 de septiembre, cursante de fs. 172 a 176, en la que la Juez Público de Familia Nº 5 de la ciudad de Sucre, declaró PROBADAS en parte, tanto la demanda principal como la reconvencional
Proceso: Comprobación, división y partición de bienes gananciales.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs. 260 a 263 vta., y de fs. 267 a 270 vta., interpuestos por Maura Silva Ortega y Willy Carlos Enríquez Mariscal, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 053/2020 de 17 de febrero, cursante de fs. 252 a 257 vta., pronunciado por la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario sobre comprobación, división y partición de bienes gananciales seguido por Maura Silva Ortega contra Willy Carlos Enríquez Mariscal; la contestación a fs. 283 y vta., el Auto de concesión de 22 de septiembre de 2020, cursante a fs. 287; el Auto Supremo de Admisión N° 396/2020-RA, y todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Maura Silva Ortega mediante memorial cursante de fs. 43 a 46, subsanada a fs. 51, demandó en proceso ordinario la comprobación, división y partición de bienes gananciales; acción dirigida contra Willy Carlos Enríquez Mariscal, quien una vez citado, por escrito de fs. 114 a 120 vta., contestó negativamente y planteó demanda reconvencional; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia N° 201/2019 de 3 de septiembre, cursante de fs. 172 a 176, en la que la Juez Público de Familia Nº 5 de la ciudad de Sucre, declaró PROBADAS en parte, tanto la demanda principal como la reconvencional
- Expediente:CH-24-20-S
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Solicitó dictar Auto Supremo casando el auto de vista
- Del recurso de casación de Willy Carlos Enriquez Mariscal
- De la respuesta al recurso de casación
- III.1. De los bienes gananciales
- El Auto Supremo N° 937/2018 de 1 de octubre, respecto a los bienes gananciales manifestó:
- CONSIDERANDO IV
- El recurso de casación cuestiona la apreciación de la prueba relativa al contrato de trabajo,
- En ese margen, se puede verificar que en sentencia si bien se declaró ganancial la
- Al respecto, se debe considerar que la sentencia estableció para su determinación que: “…la construcción
- Del antecedente descrito, se evidencia que al cuestionar la determinación de sentencia relativa a la
- Conforme se tiene expuesto corresponderá a este Tribunal resolver según se tiene previsto en el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
