Auto Supremo AS/0516/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0516/2020

Fecha: 05-Nov-2020

III.1. De los bienes gananciales

En la respuesta realizada por Maura Silva Ortega, señaló que nuestra normativa es recursiva, que implica que la sentencia y auto de vista se encuentran pendientes de confirmación; pero de ningún modo de modificación parcial como pretende el demandado y peor todavía si esos aspectos no los ha manifestado respecto a la sentencia dictada por la juez; añadió que nos encontramos ante un recurso de casación en el fondo que no ha sido observado en su redacción por el demandado que ha de generar que se declare infundado, pues sus argumentos no se enmarcan en lo que ha sido resuelto en el auto de vista.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. De los bienes gananciales