Auto Supremo AS/0536/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0536/2020

Fecha: 09-Nov-2020

De lo anterior se tiene que cada inciso del art

De lo anterior se tiene que cada inciso del art. 297 del CPC no es sino, una etapa previa a la interposición del recurso extraordinario de revisión de sentencia, que resulta ser un mecanismo excepcional contra la cosa juzgada, que tiene por finalidad permitir que una decisión judicial (sentencia) con carácter de cosa juzgada sea revisada y se establezca la ocurrencia o no de los hechos constitutivos referentes a cada causal del citado art., siendo requisito esencial la presentación de la sentencia ejecutoriada que declare la existencia de cualquiera de las 4 causales señaladas supra y establecidas en el art. 297 del CPC; entre dichos numerales tenemos el fraude procesal que necesariamente debe ser acreditado a través de una sentencia ejecutoriada que declare el fraude procesal