Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0536/2020
Fecha: 09-Nov-2020
Distrito: Cochabamba
Distrito: Cochabamba
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Expediente: CB-28-20-S
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Proceso: Fraude procesal
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Distrito: Cochabamba
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CONSIDERANDO I
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Puede establecerse que existió una conducta fuera de lo normal en el proceso de usucapión,
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De la revisión del recurso de casación, interpuesto por Eufracia Balderrama Rosa se observa que
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Que corresponde verificar si el proceso de fraude procesal interpuesto por el demandante, cumple con
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Que la Sentencia analiza actuaciones procesales realizadas en el proceso de usucapión, pese a que
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Además, que en la Sentencia analizaron las declaraciones, definiendo que en el proceso de
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Que Genoveva Azero era propietaria es un hecho demostrado, ya que ejercía como tal ante
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De la respuesta al recurso de casación
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Sustanciado el recurso de casación conforme a derecho, la parte contraria no lo contestó, por
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CONSIDERANDO III
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El art
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De lo anterior se tiene que cada inciso del art
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Ahora bien, en el proceso ordinario de declaratoria de fraude procesal, no se discuten los
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En este entendido, la jurisprudencia desarrollada por este Tribunal de Casación respecto al fraude procesal
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El fraude procesal necesariamente debe establecerse en proceso ordinario por mandato del art
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De manera que pretender que un Juez de partido, a través de un proceso de
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Asimismo en el Auto Supremo Nº 280/2013 de 27 de mayo, se ha expresado que: “…conforme
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Por otra parte, en el Auto Supremo Nº 532/2013 de 21 de octubre también se
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CONSIDERANDO IV
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A efectos de generar una coherente y entendible argumentación jurídica, tanto en su premisa fáctica
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Los actores interponen acción de fraude procesal conforme al memorial cursante de fs
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El A quo, sobre la pretensión debatida señaló que conforme a la jurisprudencia de este
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El Ad quem confirmó el falló de primera instancia, argumentando que existió una conducta
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De todo lo anotados y tomando en cuenta que la parte demandante plantea demanda de
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Estas maquinaciones y artificios pueden ser realizados unilateralmente por un litigante, lo que constituye el
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Conforme al caso de autos, de la revisión de la relación fáctica planteada por los
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Sobre las determinación de los jueces de instancia, se evidencia de acuerdo a lo anotado,
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Por todo lo expuesto, corresponde a este Supremo Tribunal de Justicia fallar en la forma prevista
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.
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