Estas maquinaciones y artificios pueden ser realizados unilateralmente por un litigante, lo que constituye el
Estas maquinaciones y artificios pueden ser realizados unilateralmente por un litigante, lo que constituye el dolo procesal stricto sensu, o por el acuerdo de dos o más sujetos procesales, caso en que surge la colusión; y pueden perseguir la utilización del proceso como instrumento ajeno a sus fines de dirimir controversias o de crear determinadas situaciones jurídicas y mediante la apariencia procedimental lograr un efecto determinado; o perjudicar concretamente a una de las partes dentro del proceso, impidiendo se administre justicia correctamente, de esta manera el proceso ordinario de fraude procesal debe estar orientado a probar hechos constitutivos de fraude como tal y no así los derechos en controversia o decisiones de las instancias jurisdiccionales, pues dicho proceso no se constituye en una instancia de revisión, sino que tiene como objeto viabilizar la procedencia de la revisión extraordinaria de la sentencia a la que refiere la norma jurídica
- Expediente: CB-28-20-S
- Proceso: Fraude procesal
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- Puede establecerse que existió una conducta fuera de lo normal en el proceso de usucapión,
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- De la revisión del recurso de casación, interpuesto por Eufracia Balderrama Rosa se observa que
- Que corresponde verificar si el proceso de fraude procesal interpuesto por el demandante, cumple con
- Que la Sentencia analiza actuaciones procesales realizadas en el proceso de usucapión, pese a que
- Además, que en la Sentencia analizaron las declaraciones, definiendo que en el proceso de
- Que Genoveva Azero era propietaria es un hecho demostrado, ya que ejercía como tal ante
- De la respuesta al recurso de casación
- Sustanciado el recurso de casación conforme a derecho, la parte contraria no lo contestó, por
- CONSIDERANDO III
- El art
- De lo anterior se tiene que cada inciso del art
- Ahora bien, en el proceso ordinario de declaratoria de fraude procesal, no se discuten los
- En este entendido, la jurisprudencia desarrollada por este Tribunal de Casación respecto al fraude procesal
- El fraude procesal necesariamente debe establecerse en proceso ordinario por mandato del art
- De manera que pretender que un Juez de partido, a través de un proceso de
- Asimismo en el Auto Supremo Nº 280/2013 de 27 de mayo, se ha expresado que: “…conforme
- Por otra parte, en el Auto Supremo Nº 532/2013 de 21 de octubre también se
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- CONSIDERANDO IV
- A efectos de generar una coherente y entendible argumentación jurídica, tanto en su premisa fáctica
- Los actores interponen acción de fraude procesal conforme al memorial cursante de fs
- El A quo, sobre la pretensión debatida señaló que conforme a la jurisprudencia de este
- El Ad quem confirmó el falló de primera instancia, argumentando que existió una conducta
- De todo lo anotados y tomando en cuenta que la parte demandante plantea demanda de
- Estas maquinaciones y artificios pueden ser realizados unilateralmente por un litigante, lo que constituye el
- Conforme al caso de autos, de la revisión de la relación fáctica planteada por los
- Sobre las determinación de los jueces de instancia, se evidencia de acuerdo a lo anotado,
- Por todo lo expuesto, corresponde a este Supremo Tribunal de Justicia fallar en la forma prevista
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.
