Auto Supremo AS/0544/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0544/2020

Fecha: 10-Nov-2020

Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia orientó a través del Auto Supremo Nº 464/2015

Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia orientó a través del Auto Supremo Nº 464/2015 citando el Auto Supremo Nº 735/2014 de 9 de diciembre, que: “…no debemos perder de vista que conforme el principio dispositivo la congruencia a la que los jueces están reatados se refiere a los hechos expuestos por las partes y a la pretensión que persiguen, sin que estos (hechos y pretensiones) puedan ser cambiados o modificados por el juzgador, empero, la calificación jurídica es un aspecto que corresponde privativamente al juzgador quien no se encuentra reatado a la calificación jurídica que las partes efectúan; pues es el Juez, sobre la base de los hechos expuestos por las partes quien califica las pretensiones demandadas, sin que ello suponga vulnerar el principio dispositivo ni el de congruencia, sino más bien hacer efectivo el principio iura novit curia, y con ello el principio de justicia material”