Reclama error de hecho y derecho en la valoración de la prueba testifical de fs
Reclama error de hecho y derecho en la valoración de la prueba testifical de fs. 400 y 401 vta., alegando que el Tribunal de alzada no valoró la eficacia de la declaración de las testigos de descargo Mariana Téllez y Ana Gabriela Rojas Mejía, quienes reconocen de manera uniforme que fue el demandante quien obtuvo el préstamo cuestionado. Tampoco se consideró la declaración del testigo José Weimar Flores, quien en ningún momento habría manifestado que la firma estampada en el contrato de préstamo no perteneciera al Sr. Justino Mamani. Estas omisiones, según sostiene el recurrente, vulneran los arts. 1286 y 1330 del Código Civil concordantes con el art. 145 del Código Procesal Civil
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Acusa la vulneración al principio de seguridad jurídica, derecho a la defensa y la debida
- Reclama error de hecho y derecho en la valoración de la prueba testifical de fs
- Finalmente indica que en este proceso no se tomó en cuenta que el actor en
- Respuesta al recurso de casación
- Refiere que la entidad financiera demandada, en su recurso de casación, acusa de manera “vaga”
- Señala que el recurrente, a tiempo de acusar la interpretación errónea del art
- CONSIDERANDO III
- En ese entendido, el empleo del referido principio supone que el juez es quien debe
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia orientó a través del Auto Supremo Nº 464/2015
- De todo lo expuesto hasta ahora, se puede concluir que, en virtud del principio iura
- III.2. Sobre la falsificación de documentos y sus efectos jurídicos
- En este entendido debemos puntualizar que toda falsificación es evidentemente un acto ilícito y como
- III.3. La valoración de la prueba pericial
- Al respecto el art
- En ese marco, en cuanto a la naturaleza jurídica de la prueba parcial, el autor
- De esta divergencia teórica es que nace la libertad del juez en la apreciación de
- CONSIDERANDO IV
- Este error, según el recurrente, generó la vulneración al principio de seguridad jurídica, del derecho
- Esto significa que, en el tema de las falsificaciones de documentos, lo realmente relevante es
- De estos principios, debemos resaltar al principio de verdad material, en virtud del cual debe
- Además, en este caso y a manera de considerar el reclamo del punto 3) de
- De ahí que en este caso, mal puede el recurrente observar o cuestionar la valoración
- Finalmente, en lo que respecta al punto 4) del recurso de casación, donde el recurrente
- Se regula honorarios profesionales del abogado que respondió al recurso en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
