Auto Supremo AS/0551/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2020

Fecha: 11-Nov-2020

Que el pago de mejoras dispuesto en el Auto de Vista es una determinación ultra

Al efecto podemos citar la SC. 0669/2012 de fecha 02 de agosto que ha referido: “…. Asimismo, cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo, pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiéndose expresar las convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas; al contrario, cuando la resolución aun siendo extensa no traduce las razones o motivos por los cuales se toma una decisión, dichas normas se tendrán por vulneradas' ( SC 2023/2010-R de 9 de noviembre reiterada por la SC 1054/2011-R de 1 de julio)”. Del entendimiento constitucional extractado se advierte que para el cumplimiento del debido proceso en su subelemento motivación de una resolución, no es necesario que la misma sea ampulosa, sino coherente, precisa y clara dando a entender el motivo de su resolución, realizada esa actividad intelectiva se tiene por cumplida la motivación de una resolución, empero, cuando las partes, no están de acuerdo con esa motivación en su contenido, otro resulta el tema o reclamo a invocar, como ser la errónea aplicación, interpretación o violación de la ley o en su caso errónea valoración de la prueba, mismo que debe ser impugnado vía recurso de casación en el fondo.
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Del examen del recurso de Dionicio Liders Verduguez Flores, se evidencia una serie de reclamos planteados indiscriminadamente, es decir sin preciar si son de forma o fondo, sin embargo del estudio del recurso de casación se desprende que sus reclamos giran en torno a dos puntos y al fondo del proceso, el primero que el pago de mejoras es una determinación ultra petita y la segunda que no existe precisión si son mejoras de buena o mala fe, entonces al no ser temas coincidentes corresponde su estudio de forma separada.
Que el pago de mejoras dispuesto en el Auto de Vista es una determinación ultra petita, debido a que no fue debatida ni solicitada en la causa