Auto Supremo AS/0569/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0569/2020

Fecha: 05-Nov-2020

Al respecto, siendo COSSMIL una institución pública descentralizada que se organiza y se desarrolla bajo

Al respecto, siendo COSSMIL una institución pública descentralizada que se organiza y se desarrolla bajo las normas de la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo y del art. 123 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, en ese entendido, el art. 3 de la Ley N° 2027 del Estatuto del Funcionario Público (EFP), en relación al ámbito de aplicación, el trabajador estará sometido al ámbito de la Ley N° 2027 y no así dentro de la Ley General del Trabajo, por lo que el Tribunal Ad quem, ha vulnerado por completo los principios que sustentan la Ley General del Trabajo, no debiendo olvidar que todos los que prestan servicios bajo subordinación y dependencia serían acreedores de los beneficios, aspecto que no ocurrió en el caso de autos. En ese sentido, el auto de vista referido, vulnera las le leyes laborales al tratar de enmarcar los contratos de carácter civil al régimen laboral, siendo que estos estarán limitados por la Ley N° 2027