Auto Supremo AS/0576/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0576/2020

Fecha: 05-Nov-2020

Con relación al incremento salarial de la gestión 2010, en la suma de Bs

Con relación al incremento salarial de la gestión 2010, en la suma de Bs. 1.947,65, que según la parte no le correspondería el pago por este concepto, cabe hacer notar que de acuerdo a lo establecido en el Memorándum cursante de fs. 827 de obrados, le comunica al actor que, conforme al Decreto Supremo N° 498 de 1 de mayo de 2010, y Resolución Ministerial N° 396/10 de 28 de mayo de 2010 que determinan el incremento del 5% en la remuneración básica de los trabajadores de base respecto a la planilla 2009, la Empresa Universal Brokers S.A. respetuosa de la norma legal determina:
Incrementar su remuneración básica en un 5% a partir de la fecha, con retroactividad al 1 de enero de 2010. Así se procederá a calcular y cancelar el monto correspondiente en la Planilla de Sueldos, extremo que demuestra la procedencia del incremento salarial reclamado por parte del demandante, puesto que de antecedentes procesales, se evidencia que la parte demandada, no logró desvirtuar con prueba fehaciente la cancelación de este derecho reconocido en el memorándum citado conforme era so obligación, de acuerdo al principio de inversión de la prueba, previsto en los arts. 3.h), 66 y 150 del CPT, además para privar a los trabajadores de los beneficios sociales que reconocen las leyes, debe existir prueba suficiente que permita al juzgador formar un claro y amplio criterio sobre las causales de retiro en que hubiera incurrido el trabajador; como se dijo líneas arriba, las simples aseveraciones, sin que se hallen respaldadas por prueba fehaciente, no constituyen factor determinante para no reconocer los derechos y beneficios sociales reconocidos por ley