En este sentido sostuvo que el actor, pretende que se le pague un incremento que
En este sentido sostuvo que el actor, pretende que se le pague un incremento que en realidad ya se materializó en el mes de junio de 2010, con los pagos en planillas de reajuste separadas, incluido el actor, independiente de pretender un pago doble, constituye un erro de hecho la orden de pago de parte de los juzgadores de instancia, en la suma de bs. 1.947,65, en calidad de incremento salarial y por los meses de julio a septiembre de 2010
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez AÑEZ
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de
- En este sentido, sostuvo que el tribunal de alzada, se limitó a copiar la parte
- Independientemente del análisis del art
- Sostuvo que el actor, confesó que en ningún momento y ningún día podía cumplir la
- Denunció error de hecho en cuanto a la apreciación de la prueba documental en que
- Señaló que el art
- En este sentido sostuvo que el actor, pretende que se le pague un incremento que
- Denunció la vulneración o transgresión del art
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista impugnado y
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- El caso objeto de análisis, se circunscribe en dilucidar si corresponde reconocer a favor del
- Sobre el primer aspecto, referido al pago de horas extras, para resolver esta controversia, previamente
- Asimismo, podemos señalar que en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva a favor del
- Es decir, debe ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la
- Bajo el marco normativo señalado se advierte que, si bien la ley laboral no trae
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes procesales, se establece que el
- Como corolario de lo expuesto, corresponde el pago de las horas extras solicitadas por el
- Con relación al incremento salarial de la gestión 2010, en la suma de Bs
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Con costas
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
