En el caso de autos, de la revisión de antecedentes procesales, se establece que el
En el caso de autos, de la revisión de antecedentes procesales, se establece que el actor, en la empresa demandada, ocupaba el cargo de “Ejecutivo de Cuentas” como se evidencia en las papeletas de pago cursantes de fs. 2 a 4, extremo corroborado por el finiquito de fs. 21, reiterado a fs. 31 y en su demanda de fs. 24 a 24, afirmación que es confirmada por la parte demandada, en su memorial de respuesta de fs. 73 a 79 vta., de obrados señala el actor en su demanda de fs. 19 a 20 extremo corroborado por la parte demandada en su memorial de respuesta cursante de fs. 26 a 27, y por el Memorándum de fs. 827, con un salario promedio indemnizable de Bs. 4.100,32, no acorde con el salario de un gerente, de donde se deduce que el dicho puesto, de ninguna manera se constituye en un cargo de confianza como erradamente arguye la parte demandada, además, extremo que desvirtúa lo afirmado por el demandado, en sentido de que el actor ocupaba un cargo de confianza en la empresa demandada, por lo tanto el trabajador se encontraba fuera de las previsiones señaladas en la segunda parte del artículo 46 de la Ley General del Trabajo
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez AÑEZ
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de
- En este sentido, sostuvo que el tribunal de alzada, se limitó a copiar la parte
- Independientemente del análisis del art
- Sostuvo que el actor, confesó que en ningún momento y ningún día podía cumplir la
- Denunció error de hecho en cuanto a la apreciación de la prueba documental en que
- Señaló que el art
- En este sentido sostuvo que el actor, pretende que se le pague un incremento que
- Denunció la vulneración o transgresión del art
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista impugnado y
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- El caso objeto de análisis, se circunscribe en dilucidar si corresponde reconocer a favor del
- Sobre el primer aspecto, referido al pago de horas extras, para resolver esta controversia, previamente
- Asimismo, podemos señalar que en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva a favor del
- Es decir, debe ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la
- Bajo el marco normativo señalado se advierte que, si bien la ley laboral no trae
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes procesales, se establece que el
- Como corolario de lo expuesto, corresponde el pago de las horas extras solicitadas por el
- Con relación al incremento salarial de la gestión 2010, en la suma de Bs
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Con costas
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
