En ese contexto, sobre lo expresado por la recurrente en sentido que el Auto de
En ese contexto, sobre lo expresado por la recurrente en sentido que el Auto de Vista Manifiesta que el Tribunal de alzada incurre en error al valorar la prueba respecto a la notificación con el memorándum de fs. 24 a 25 de obrados, así como el mismo no señala el cargo ni señala el horario de trabajo, corresponde hacer notar que con lo afirmado por el Auto de Vista recurrido y en concordancia con la Sentencia de primera instancia, precisó que: “Con relación al memorándum de reincorporación GG/MEM-009/2013 de fecha 06 de diciembre de 2013, emitido por la empresa demandada, el cual cursa a fs. 24-25, mediante el citado memorándum la empresa demandada hace conocer a la trabajadora que a partir del lunes 09/12/13, debe reincorporarse a su actividades laborales, según se dispuso en la conminatoria de reincorporación a su fuente laboral J.D.T./045/13 de fecha 03/09/2013, expedida por la Jefa Departamental de Trabajo de Tarija. Se en el presente memorándum se verifica que no señala el cargo, por lo que puede señalar la apelante que se le designó a otro cargo, el memorándum indica el horario de trabajo a cumplir que son 8 horas de 08:00 a 12:00 y de 15:00 a 19:00, asimismo detalla las funciones que debe realizar (…) Por el contrario a través del mismo, la restituyen a su fuente laboral otorgándole funciones acordes a su formación laboral.” (sic). No siendo evidente lo denunciado por la demandante
- I.1.Antecedentes del proceso
- Ana Raquel Ortiz Daza, en su escrito de fs
- El Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Primero de la ciudad de Tarija,
- I.2. Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- Dentro el plazo previsto por ley, Ana Raquel Ortiz Daza, por escrito de fs
- Expresó que se demostró que el cargo de Editora de Agencia existía, lo cual deja
- Manifiesta que el Auto de Vista no observó la incongruencia e incoherencia de la sentencia
- II.1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- II
- En ese contexto, sobre lo expresado por la recurrente en sentido que el Auto de
- En relación al argumento que el memorándum de reincorporación es ilegal y viola el art
- En relación a la acusación que no se le restituyó en el cargo de Editora
- En la misma forma expresaron los testigos de descargo cursante a fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
