En relación a la acusación que no se le restituyó en el cargo de Editora
En relación a la acusación que no se le restituyó en el cargo de Editora de Agencia, lo cual demuestra que el supuesto proceso de reestructuración alegado por la empresa demandada no existió; si bien el citado Memorándum no refiere de forma textual su reincorporación “al mismo cargo que ocupaba”, lo que sí es evidente, es que de acuerdo con el ciado memorándum se dispuso su reincorporación, y no existiendo el cargo que ostentaba la actora, la Sentencia de primera instancia dispuso la reincorporación a su fuente laboral en iguales condiciones con anterioridad a su despido; es decir, conforme a su capacidad y que las tareas asignadas sean factibles de su realización; no siendo evidente que dicho cargo aún existía, ya que de la declaración cursante a fs. 100 de obrados, la testigo de descargo señaló que: “Mi cargo es de periodista digital y no de editora de agencia, aunque dentro de mis funciones está la edición de las diferentes noticias periodísticas. Aclaró que para editar hay que tener formación periodística. La noticia recibida de las agencias debe ser editada para que sea en pirámide invertida” (sic)
- I.1.Antecedentes del proceso
- Ana Raquel Ortiz Daza, en su escrito de fs
- El Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Primero de la ciudad de Tarija,
- I.2. Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- Dentro el plazo previsto por ley, Ana Raquel Ortiz Daza, por escrito de fs
- Expresó que se demostró que el cargo de Editora de Agencia existía, lo cual deja
- Manifiesta que el Auto de Vista no observó la incongruencia e incoherencia de la sentencia
- II.1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- II
- En ese contexto, sobre lo expresado por la recurrente en sentido que el Auto de
- En relación al argumento que el memorándum de reincorporación es ilegal y viola el art
- En relación a la acusación que no se le restituyó en el cargo de Editora
- En la misma forma expresaron los testigos de descargo cursante a fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
