Manifiesta que el Auto de Vista no observó la incongruencia e incoherencia de la sentencia
Manifiesta que el Auto de Vista no observó la incongruencia e incoherencia de la sentencia de primera instancia, por cuanto señala que no existe el cargo, aun teniendo prueba de cargo que demuestra lo contrario demostrándose que no hubo la reestructuración falsamente argumentada de contrario, y en la parte resolutiva señala que la reincorporación debe ser en iguales condiciones con anterioridad al despido, es decir en el mismo cargo y que le causa agravios a sus intereses, ya que corresponde el pago de los sueldos devengados tal como refiere el art. 10.III del DS 28699
- I.1.Antecedentes del proceso
- Ana Raquel Ortiz Daza, en su escrito de fs
- El Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Primero de la ciudad de Tarija,
- I.2. Auto de Vista
- I.3 Motivos del recurso de casación
- Dentro el plazo previsto por ley, Ana Raquel Ortiz Daza, por escrito de fs
- Expresó que se demostró que el cargo de Editora de Agencia existía, lo cual deja
- Manifiesta que el Auto de Vista no observó la incongruencia e incoherencia de la sentencia
- II.1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- II
- En ese contexto, sobre lo expresado por la recurrente en sentido que el Auto de
- En relación al argumento que el memorándum de reincorporación es ilegal y viola el art
- En relación a la acusación que no se le restituyó en el cargo de Editora
- En la misma forma expresaron los testigos de descargo cursante a fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
