I.2. Motivos del recurso de casación
Indemnización Bs. 10.355,54.-
Desahucio:Bs. 24.000,00.-
Salarios devengados Bs. 44.000,00.-
PrimaBs. 8.666,66.-
Reintegro Bs. 6.320,00.-
SUB TOTAL Bs. 93.342,20.-
MENOS PAGO PARCIAL Bs. 17.000,00.-
TOTALBs. 76.342,00.-
Deducido el recurso de apelación por la parte demandada, por Auto de Vista 206/2020 de 27 de abril, la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, revocó parcialmente la sentencia 34/2018 de 12 de junio, en relación a que no le corresponde al actor los incrementos salariales por las gestiones 2016 y 2017, disponiendo el pago de Bs. 70.022,20.-
I.2. Motivos del recurso de casación
Desahucio:Bs. 24.000,00.-
Salarios devengados Bs. 44.000,00.-
PrimaBs. 8.666,66.-
Reintegro Bs. 6.320,00.-
SUB TOTAL Bs. 93.342,20.-
MENOS PAGO PARCIAL Bs. 17.000,00.-
TOTALBs. 76.342,00.-
Deducido el recurso de apelación por la parte demandada, por Auto de Vista 206/2020 de 27 de abril, la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, revocó parcialmente la sentencia 34/2018 de 12 de junio, en relación a que no le corresponde al actor los incrementos salariales por las gestiones 2016 y 2017, disponiendo el pago de Bs. 70.022,20.-
I.2. Motivos del recurso de casación
- I.1.Antecedentes del proceso
- La Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo, Fiscal y Tributario
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia 34/2018 de 12 de junio, cursante de
- I.2. Motivos del recurso de casación
- Dentro el plazo previsto por ley, Edson Acebo Castro dedujo recurso de casación en el
- Sostiene que se aplicó indebidamente o se interpretó erróneamente el art
- I.2.1. Petitorio
- Concluye el memorial solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, pronuncie Auto Supremo casando parcialmente
- II.1.1. Consideraciones previas
- A su vez la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, dispuso que
- II.1.2. Argumentos de derecho y de hecho
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con
- Previamente debemos precisar que el derecho laboral tiene características particulares que la diferencia de otras
- En ese marco normativo-constitucional; cabe señalar que, dentro del proceso social, se ha instituido como
- Por otra parte, se debe puntualizar que la legislación vigente y la jurisprudencia emitida por
- En ese marco, no es evidente la violación acusada de los arts
- En relación con lo precedentemente expresado, si bien es cierto que la demandada presentó los
- En virtud de lo relacionado y fundamentado precedentemente, se concluye que el Auto de Vista
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
