En la forma
I.2 Motivos del recurso de casación
Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 1362 a 1391, interpuesto por Primitivo Gutiérrez Sánchez, en representación legal de la Empresa Imcruz Comercial S.A, manifestando en síntesis:
En la forma:
Denunció, violación o vulneración al debido proceso, derecho a la defensa y seguridad jurídica, provocando indefensión a la parte demandada, motivo por el cual solicitó nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta el Auto de Admisión N° 102 de 5 de marzo de fs. 35, que el tribunal ad quem, no consideró, ni desvirtuó al mencionar simplemente que constan las notificaciones de fs. 692, siendo que las mismas resultan ineficaces en relación a la apertura y vigencia del periodo de prueba
Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 1362 a 1391, interpuesto por Primitivo Gutiérrez Sánchez, en representación legal de la Empresa Imcruz Comercial S.A, manifestando en síntesis:
En la forma:
Denunció, violación o vulneración al debido proceso, derecho a la defensa y seguridad jurídica, provocando indefensión a la parte demandada, motivo por el cual solicitó nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta el Auto de Admisión N° 102 de 5 de marzo de fs. 35, que el tribunal ad quem, no consideró, ni desvirtuó al mencionar simplemente que constan las notificaciones de fs. 692, siendo que las mismas resultan ineficaces en relación a la apertura y vigencia del periodo de prueba
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- En la forma
- Nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo: Auto N° 1001 de 22 de octubre
- Concluyó reiterando que el Tribunal Supremo de Justicia, al verificarse los vicios procesales, anule obrados
- En el fondo
- En este sentido, señaló la empresa demandada y el actor, se estableció una relación contractual
- Por esta razón, denunció la violación por parta del juez a quo y del tribunal
- En cuanto a la excepción perentoria de pago, denunció la violación de los arts
- En cuanto a la excepción perentoria de prescripción, denunció la violación por parte del tribunal
- Denunció, violación del art
- Por otra parte, también denunció la improcedencia de los beneficios sociales y otros derechos pretendidos
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Sobre el tema, analizado los antecedentes que informan al proceso, se evidencia que, que mediante
- Este mismo razonamiento se debe aplicar con referencia a la nulidad de obrados solicitada en
- En este contexto, y en consideración a la impetrada nulidad, no existe fundamento convincente para
- Finalmente, el principio de protección, que establece que la nulidad sólo puede hacerse valer cuando
- En cuanto al fondo, la parte demandada, cuestiona el fallo de tribunal de segunda instancia,
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que la parte recurrente, pretende se efectué una
- Que, en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
