II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Se aclara que no se ingresa a realizar más análisis de los puntos expresados tanto en el recurso en la forma como en el fondo, por ser reiterativos y demasiados ampulosos, pues el recurso en la forma solicita la nulidad de obrados, y en el fondo, señala que no existe relación laboral entre partes.
I.2.1 Petitorio
En cuanto a la forma, concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, al verificarse los vicios procesales, anule obrados hasta el vicio más antiguo, en este caso: a) el Auto N° 102 de fs. 35 de 5 de marzo de 2014 o, b) el Auto N° 1001 de fs. 534 o fs. 696 de 22 de octubre de 2014, respecto al fondo, pidió se case el auto de vista recurrido, y se declare improbada la demanda, y probadas las excepciones perentorias de pago documentado y de prescripción
CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
I.2.1 Petitorio
En cuanto a la forma, concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, al verificarse los vicios procesales, anule obrados hasta el vicio más antiguo, en este caso: a) el Auto N° 102 de fs. 35 de 5 de marzo de 2014 o, b) el Auto N° 1001 de fs. 534 o fs. 696 de 22 de octubre de 2014, respecto al fondo, pidió se case el auto de vista recurrido, y se declare improbada la demanda, y probadas las excepciones perentorias de pago documentado y de prescripción
CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- En la forma
- Nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo: Auto N° 1001 de 22 de octubre
- Concluyó reiterando que el Tribunal Supremo de Justicia, al verificarse los vicios procesales, anule obrados
- En el fondo
- En este sentido, señaló la empresa demandada y el actor, se estableció una relación contractual
- Por esta razón, denunció la violación por parta del juez a quo y del tribunal
- En cuanto a la excepción perentoria de pago, denunció la violación de los arts
- En cuanto a la excepción perentoria de prescripción, denunció la violación por parte del tribunal
- Denunció, violación del art
- Por otra parte, también denunció la improcedencia de los beneficios sociales y otros derechos pretendidos
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Sobre el tema, analizado los antecedentes que informan al proceso, se evidencia que, que mediante
- Este mismo razonamiento se debe aplicar con referencia a la nulidad de obrados solicitada en
- En este contexto, y en consideración a la impetrada nulidad, no existe fundamento convincente para
- Finalmente, el principio de protección, que establece que la nulidad sólo puede hacerse valer cuando
- En cuanto al fondo, la parte demandada, cuestiona el fallo de tribunal de segunda instancia,
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que la parte recurrente, pretende se efectué una
- Que, en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
