Auto Supremo AS/0619/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0619/2020

Fecha: 01-Dic-2020

De ahí que, la decisión de anular obrados por la falta de la documentación aludida,

De ahí que, la decisión de anular obrados por la falta de la documentación aludida, no responde a los principios procesales de legalidad, dirección, concentración, celeridad y probidad, que orientan la actual forma de administrar justicia, en cuyo entendido, el tribunal de alzada fuera de actuar bajo un criterio de juridicidad, ha obrado en desconocimiento del marco normativo contenido en los art. 248, 249 y 251 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, cuando al tratarse de otra instancia en aplicación de las citadas normativas debió resolver en el fondo de lo debatido y no actuar de forma ritualista, porque al asumir esa decisión anulatoria se ha desconocido normas procesales en desmedro de los justiciables quienes están en búsqueda de una solución al conflicto jurídico suscitado