Auto Supremo AS/0689/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0689/2020

Fecha: 09-Dic-2020

El Banco Unión S.A.,

En cuanto al recurso de casación en el fondo señaló que de manera genérica acusa violación de 134, 145, 149, 153, 213.I y II num. 3) del Código Procesal Civil, arts. 348, 349 y 1279 del Código Civil, sin individualizar en cada caso de qué manera se habrían violado aquellas normas, dejando al Tribunal de casación la labor de hilvanar los argumentos y supla su desidia en la promoción válida y eficaz del recurso en sus dos vertientes.

Que el recurso contiene contradicciones y una serie de “dislates” no solo en términos jurídicos, sino en términos de razonabilidad elemental, tal el caso de la afirmación en sentido que el Banco liberó a la Compañía Aseguradora de cualquier compromiso de pago y que la entidad bancaria asumiría en consecuencia la responsabilidad el saldo deudor.

No es evidente que la Compañía Aseguradora responsabiliza al Banco del no pago del saldo de la deuda y viceversa, siendo esta afirmación solamente del deudor, quién siendo titular de la póliza tiene las vías legales si le correspondiese de viabilizar los reclamos y efectivizar los documentos que haya suscrito.