Auto Supremo AS/0076/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2020

Fecha: 20-Feb-2020

A ello, debe añadirse lo establecido en la jurisprudencia sentada por este Tribunal Supremo de

En la especie, el Auto de Vista recurrido debió efectuar una mayor fundamentación en base a los agravios expuestos en apelación, en particular sobre la excepción de prescripción sobre la cual versa la problemática traída en casación, cuyo sustento hubiera permitido de manera conjunta, la invocación de la normativa específica aplicable, y de este modo emitir un fallo completo y que guarde relación con lo dispuesto por el art. 265 del CPC-2013.
A ello, debe añadirse lo establecido en la jurisprudencia sentada por este Tribunal Supremo de Justicia, en los Autos Supremos N° 86 de 10 abril de 2012 y 228 de 3 de julio de 2012, entre otros, que establecieron que, cuando el juzgador omite la motivación en su Resolución, no sólo suprime una parte estructural de la misma, sino que en la práctica toma una decisión de hecho y no de derecho, que impide a las partes conocer cuáles son las razones que sustentan su fallo