Auto Supremo AS/0106/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0106/2020

Fecha: 11-Feb-2020

En ese sentido que ante la concurrencia de los presupuestos contenidos en el art

En ese sentido que ante la concurrencia de los presupuestos contenidos en el art. 112 de la Constitución Política del Estado, relativos a: 1) el atentado contra el patrimonio del Estado y 2) el grave daño económico; la imputación efectuada a Santiago Atsuro Nishizawa Takano fue por los delitos de uso indebido de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, conducta antieconómica y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, sobre hechos que aún se encuentran en investigación, pues el daño económico al Estado, conforme a la imputación formal, radica en que supuestamente habría participado en el proceso de capitalización de ENFE-ANDINA como miembro de la Comisión calificadora para la Capitalización y en el contrato de suscripción de acciones de ENFE cuando era Director Jurídico del Ministerio sin Cartera Responsable de Capitalización, encontrándose por consiguiente dentro de los supuestos previstos en el art. 112 de la Constitución Política del Estado, lo que implica que el instituto de la prescripción no es aplicable para el caso del recurrente