Auto Supremo AS/0128/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2020

Fecha: 20-Feb-2020

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Cuyo fundamento radicó en que, la parte actora habría fundado la demanda en el derecho de compra que contrajo sujeto a condición suscrito en un contrato de promesa de compra y venta, cuyo fin fue el de pretender perfeccionar su derecho propietario ante la negativa de la demandada a suscribir a favor suyo la correspondiente minuta de transferencia definitiva, pese a haber cancelado casi la totalidad del precio de la compra venta, resultando de ello que la demandante fundó la usucapión en un derecho adquirido sobre el bien inmueble a través de otra modalidad y no en la simple posesión como poder de hecho que hubiera podido ejercer la actora con la finalidad de perfeccionar su derecho propietario y no así la adquisición originaria de la misma, evidenciando falta de valoración al contrato de promesa de venta correspondiendo enmendar el error de derecho.
3. Fallo de segunda instancia, que dio lugar a que la demandante Angélica Reynolds Gutiérrez, interponga recurso de casación, mereciendo el Auto Supremo Nº 1271/2018 de 18 de diciembre que declaró INFUNDADO el recurso, el cual fue impugnado en amparo constitucional ante la Sala Constitucional I del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, quien mediante Resolución Nº 122/2019 de 6 de septiembre, definió por CONCEDER EN PARTE la tutela solicitada y dejar sin efecto el Auto Supremo Nº 1271/2018, en tal sentido se emite una nueva resolución bajo los criterios recomendados por la Resolución Constitucional, siendo su aplicación objeto de análisis en el presente caso